La izquierda ha dado en llamar “Ley Mordaza” a una ley de Seguridad Ciudadana que regula el comportamiento poco cívico y cosas por el estilo, pero la verdadera Ley Mordaza, la que impedirá no ya la crítica sino el simple comentario, que puede ser esgrimido por alguien argumentando que se siente herido en su dignidad, humillado o menospreciado, es la reforma del Código Penal aprobada el pasado mes de marzo que contempla hasta cuatro años de cárcel.
Con fecha 31 de marzo 2015 se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica el Código Penal. Esta modificación, que entrará en vigor el 1 de julio de 2015, supone el triunfo de las pretensiones musulmanas de que sean silenciadas por ley las críticas al islam.
Con esta reforma será imposible poner blanco sobre negro el contenido del Corán en aquellos versículos que incitan al odio, la violencia o la discriminación contra los infieles, contra nosotros, los no creyentes en el islam.
Antes de esta reforma, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en esta materia ya tenía declarado que “ni la libertad de expresión, ni la libertad ideológica pueden amparar manifestaciones o expresiones destinadas a menospreciar o a generar sentimientos de hostilidad contra determinados grupos étnicos, de extranjeros o inmigrantes, religiosos o sociales”.
Por su parte y en relación con los funcionarios y servidores públicos, el Tribunal Supremo consideraba que el ejercicio del derecho a la crítica prevalece sobre el derecho al honor, según sentencia hecha pública el 10 de enero 2012 en el caso de un alcalde que estimaba lesionado su honor, intimidad e imagen por unas críticas.
El Tribunal Supremo estima que la crítica, aunque pueda molestar o herir, es legítima y se coloca dentro del ámbito constitucionalmente protegido de la libertad de expresión", señalaba la sentencia.
El Supremo subrayaba además que "no es posible anteponer el derecho al honor como obstáculo para el ejercicio del derecho a la crítica, pues la carga de asumir una crítica severa, dura e incluso inconveniente se impone en una sociedad democrática a quienes se ven involucrados en la gestión municipal".
"El peso de la libertad de expresión frente al derecho al honor es en el caso examinado de una importancia considerable", concluye el tribunal.
Estaba claro que el menosprecio u hostilidad hacia determinados grupos era delito, además de lo concerniente al derecho al honor, con las salvedades referentes a los funcionarios públicos, políticos, etc.- Sin embargo la nueva reforma ha querido hacerse eco del más moderno argumento para acallar críticas ampliando el delito de “incitación al odio” donde cabe de todo.
El nuevo texto endurece las penas y amplía el tipo penal. Además, el nuevo artículo 510 estipula la agravación de las penas, entre otros supuestos, cuando los hechos mencionados se lleven a cabo a través de Internet u otros medios de comunicación social. ¿Se trata de una ley mordaza o no?
En lo que a este blog concierne, vengo comentando todos aquellos aspectos del islam por los que, como “infiel”, me siento amenazado. Por un lado hay numerosas declaraciones de musulmanes moderados que hablan de sus sueños de volver a un Al-Andalus musulmán y por otro no faltan amenazas de conquista por la fuerza de una tierra que consideran en su delirio que nunca dejó de ser del islam.
Así que de una manera u de otra –pacíficamente o por la fuerza– los musulmanes no han abandonado sus anhelos de conquistarnos. Mientras tanto, tampoco cesan sus reivindicaciones de que son una religión pacífica a la vez que en otros lugares del mundo se suceden los asesinatos en masa más crueles por el simple hecho de ser cristiano o no profesar el islam, es decir, el asesinato de gente como nosotros.
Para terminar de embrollarlo todo, mientras unos –los que conviven entre nosotros– afirman que son contrarios a las matanzas que vemos en Siria y que los musulmanes que las cometen no son verdaderos musulmanes, estos otros –los asesinos y sádicos verdugos– afirman con el mismo convencimiento que ellos son los musulmanes más puros, los que verdaderamente siguen el Corán al pie de la letra sin ambiguedades.
Y en medio de unos y otros estamos nosotros. Sin saber muy bien cual es el verdadero islam pero en cualquier caso sintiéndonos amenazados e inermes, sin otra opción que abrirles nuestras puertas a los musulmanes porque lo políticamente correcto, así implantado por la izquierda y asumido por el Gobierno, es que el islam es todo paz, amor y tolerancia y no representa ningún peligro, ni siquiera para nuestra cultura.
Ante semejante situación, en este blog he publicado numerosos versículos del Corán que hablan de violencia y muerte contra los infieles, en contradicción con tantas proclamas que, ocultando u olvidando lo anterior, dogmatizan que el islam es únicamente pacífico y bondadoso.
Paradójicamente, citar esos versículos puede ser considerado que incitan al odio, la violencia o la discriminación contra los musulmanes. Ellos siempre pueden denunciar que además se sienten humillados, desacreditados o menospreciados, amparándose en la reforma del Código Penal que el inconsistente Mariano ha elaborado y aprobado inclinando la balanza del lado que nos amenaza, para que no podamos protestar siquiera. ¿La izquierda por que no protesta por esto?
En el islam hay diversidad de versículos que desmienten la etiqueta de religión pacífica con que se nos vende el artículo hasta por el Papa Francisco. Nunca nadie ha podido explicar la incoherencia y discordancia de lo que está escrito y de lo que dicen. Pero no hay que excluir que tambien y conviviendo con estos versículos, hay otros verdaderamente admirables, compasivos y pacíficos, aunque no solamente pacíficos como se nos trata de persuadir.
– Versículos –hasta 33– que ordenan a los musulmanes hacer la Yihad obligatoriamente.
– Versículos que justifican la matanza de infieles en el nombre del Yihad
– Versículos que incitan el odio hacia los infieles
– Versículos que no permiten la libertad religiosa
– Versículos que no permiten hacer amistad con los infieles
– Versículos que incitan el odio contra los cristianos
– Versículos que Incitan el odio particularmente contra los judíos
– Versículos que hacen sufrir y torturar a las mujeres
– Versículos contra la libertad de expresión
– Versículos que enseñan la venganza
– Versículos que discriminan entre creyentes y no creyentes
El detalle de su localización y contenido me lo reservo para cuando sea oportuno defender lo que digo.
Nunca ha sido mi intención insultar al islam sino dejar claras sus contradicciones porque el discurso de los moderados me parece engañoso y nadie explica cómo puede mantenerse un discurso pacifista a pesar de lo que está escrito en el Corán, unas consignas a seguir que no me invento sino que son palabras de Alá sobre las que se sustenta la religión musulmana y que todo buen musulmán debe cumplir. Por lo menos hasta que se introdujesen cambios que situasen el islam en el siglo XXI, con lo que ello representa de democracia y respeto por los derechos humanos. Pero se trata de algo imposible porque la palabra de Alá no puede rectificarse y sus mandatos han de cumplirse.
Ahora viene el problema. Cualquier tipo de crítica o rechazo es automáticamente tachado de islamofobia, xenofobia o incitación al odio. Desde hace tiempo, las entidades musulmanas en España han pretendido que “hablar mal” del islam sea considerado delito. Pero, ¿qué es hablar mal?
¿Es hablar mal del islam algo de lo que he dicho hasta ahora? Creo que no. Sin embargo podría argumentarse por alguien de mala fe que incito al odio cuando saco a relucir versículos que justifican la matanza de infieles en el nombre del Yihad o si recuerdo que todos los musulmanes se rigen por las mismas normas que los del Estado Islámico.
¿Se incita al odio contra contra un grupo, etnia, raza o nación cuando se critican sus códigos de conducta, antidemocráticos y poco respetuosos con los derechos humanos y que, además, contienen amenazas concretas contra los que no son como ellos y rechazan tales códigos? Más bien parece que quienes incitan al odio son ellos y sus códigos antes que los críticos, que protestan sin amenazar a nadie.
Lamentablemente, siempre habrá imbéciles que hagan leyes contra los críticos antes que condenar esos códigos y a quienes los siguen y siempre habrá inútiles irresponsables que lo apoyen.
Para terminar con semejantes dudas, lo mejor es que nadie se las plantee y así lo ha entendido el Gobierno aprobando una ley que impide cualquier cosa que no sea enviarles besitos a los fieles de la mezquita de la esquina. Dice la ley, la verdadera Ley Mordaza y no la que impide quemar cajeros en las manifestaciones como han dado en llamar a la Ley de Seguridad Ciudadana, que quienes tengan la osadía de poner en entredicho el pacifismo del islam o digan algo que no les guste, puede tener hasta cuatro años de cárcel:
«– Quienes públicamente
fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona (…)
«– Quienes
produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona (…)
Si lo que acaban de leer es, en opinión de alguien con ganas de joder, idóneo para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra los musulmanes, estoy jodido.
Tal como ha sido modificado el texto de la ley, incluyendo esa fórmula de "directa o indirectamente", quedo a merced de que alguien considere que mis reflexiones fomentan, promueven o incitan directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra los musulmanes y estoy igualmente jodido.
El ingrediente final de este gazpacho es dilucidar si reproducir aquellos versículos del Corán que incitan a matar infieles, es una incitación al odio contra los musulmanes o una simple transcripción de sus propias consignas y contradicciones. Porque no cabe duda que salvo que se publiquen solamente las alabanzas contenidas en el Corán, cualquier otra cosa puede ser tomada como ofensa por aquellos predispuestos a ser ofendidos como no les guste lo publicado.
Y destapar cuanto hay de perfidia en el islam no les va a gustar. Así que démosnos por amordazados con esta reforma de la ley, la auténtica, genuina y verdadera Ley Mordaza que nadie comenta como tal.
Curiosamente y en contra de la intención de los legisladores, nadie ha reparado en que con esta misma ley puedo denunciar al islam porque es público y notorio que nos amenazan desde sus libros sagrados y que producen, elaboran, poseen con la finalidad de distribuir, facilitan a terceras personas el acceso, distribuyen, difunden o venden escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido es idóneo para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra los infieles y en particular contra los cristianos. En esta apreciación no creo que haya dudas porque es evidente que el odio a los cristianos emana del Corán.
Una ley bumerán –me refiero al artículo 510– que no hay por dónde cogerla y no contribuye a aclarar nada, olvidándose del derecho de crítica. Se han quedado a medias y una ley hecha pensando en los musulmanes –el colectivo que se queja de mayor rechazo– resulta que los pone en primera fila para que les sea aplicada la ley, a menos que borren del Corán todas las amenazas e incitaciones al odio que contiene.
Pero lean el nuevo texto, a ver si con esta ley podremos rebatir a los musulmanes que no son una religión de paz y mucho menos sacarles los colores con el detalle de las veces que en los versículos se dice que hay que matar al infiel y en particular al cristiano. Y más concretamente a gente como yo que hace preguntas para las que no tienen respuestas y desmienten su beatífica postura.
TEXTO DEFINITIVO DEL ARTÍCULO 510 DEL CÓDIGO PENAL
– REPRODUCCIÓN PARCIAL –
Se modifica el artículo 510, que queda redactado del siguiente modo (reproducción parcial):
«– 1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:
a) Quienes públicamente
fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
b) Quienes
produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
«– 2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:
a) Quienes
lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o
produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos,o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos.
Lo dicho, con esto alguien se puede sentir humillado o menospreciado simplemente por llamarle moro –un adjetivo no peyorativo– y ya tenemos el lío y aunque me he referido al islam como ejemplo singular, hay otros colectivos con bastante mala leche y peores intenciones.
Mariano es otro Zapatero pero en gallego, ambiguo y reservón. Actúa a hurtadillas como las zorras y antes de que te des cuenta, zas... Menos mal que el Tribunal Supremo me dará la razón en este caso, si se siente ofendido.
Me salvará que es funcionario público y no musulmán.
NOTA:
Por “sugerencia” de mis asesores, gente que suele conocer algunos detalles del futuro, borro el contenido íntegro de este blog ya que de otra forma no me garantizan la ausencia de problemas provocados por alguno de los colectivos o personas a las que vengo criticando con la mejor de las intenciones, un mejor país donde vivir libre de corruptos, mentirosos y vividores.
Dolorosamente practicada la eutanasia, no continuaré el blog, primero porque no hay otra alternativa –aunque la ley no tiene efecto retroactivo– y después porque esta ley no me permitirá escribir más que con tibieza y preferiblemente novelas rosa que ignoren la realidad que nos acecha. Y eso no es lo mío.
Mi agradecimiento a todos los lectores. Quizás una vez pasada la marea, vuelva por aquí.
Gotión.